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Inicio previsto del Fondo de Asistencia Laboral

El nuevo fondo podría modificar la planificación de costos por desvinculación, pero no elimina la obligación indemnizatoria.

Inicio previsto del Fondo de Asistencia Laboral y contribuciones por tamaño de empresa

El nuevo fondo podría modificar la planificación de costos por desvinculación, pero no elimina la obligación indemnizatoria.

El Fondo de Asistencia Laboral (FAL) es un mecanismo creado por la Ley 27.802 de Modernización Laboral para ayudar a los empleadores privados a cumplir con el pago de indemnizaciones cuando se extingue una relación laboral. Es obligatorio desde noviembre de 2026 y funciona como una cuenta individual de capitalización para cada empleador.

📌 Objetivo principal

  • Coadyuvar al pago de indemnizaciones previstas en la Ley de Contrato de Trabajo y estatutos profesionales.
  • No reemplaza la indemnización ni elimina la responsabilidad del empleador: es un fondo de reserva para garantizar que los trabajadores registrados reciban lo que les corresponde.

⚙️ Cómo funciona

  • Cuenta individual por empleador: abierta en una entidad habilitada por la CNV (fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros).
  • Contribución mensual obligatoria:
    • 2,5% de la masa salarial para MiPyMEs y entidades sin fines de lucro.
    • 1% para grandes empresas privadas.
  • La base de cálculo es la misma que el SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino).
  • Carencia de 6 meses: el fondo solo puede usarse a partir del séptimo aporte.

Desde el 1 de noviembre de 2026 comenzaría a regir. Para las empresas, el cambio puede incidir en la planificación de costos laborales y en la administración de contingencias por desvinculación. La tasa aplicable, el universo alcanzado, la base de cálculo y la operatoria serán determinantes para estimar el efecto; conviene confirmarlos antes de trasladar porcentajes a los presupuestos.

La revisión debería involucrar a RR. HH., Finanzas y Legales antes del próximo cierre presupuestario.

En la práctica

  • Confirmá qué tasa y reglas aplican a la empresa.
  • El fondo no reemplaza la indemnización ni cubre necesariamente toda diferencia.
  • Revisá el presupuesto laboral con Finanzas y Legales.

La mirada de CompStrategy

Antes de ajustar el presupuesto, validá la tasa, la base de cálculo y la inclusión de la empresa en el régimen. Modelá el aporte como un costo potencial adicional y revisá el proceso de estimación de contingencias: la obligación indemnizatoria no desaparece.

¿Ya están evaluando cómo incorporar este aporte a sus presupuestos de costos laborales?

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